El matrimonio y la progenie ante la diversidad sexual en colombia: análisis desde la bioética, biojurisprudencia y el bioderecho
Sinopsis
El vínculo fundante de la sociedad y por ende del Estado, es sin duda la familia. Tanto implícita como explícitamente el artículo 42 de la Carta Política de Colombia establece como una de las modalidades de conformar familia, prima facie, al matrimonio conformado por un hombre y una mujer. De esta manera, también lo consagra el ordenamiento civil en su artículo 113, al precisar que el matrimonio es un contrato solemne entre un hombre y una mujer, con el fin de vivir juntos, procrear y auxiliarse mutuamente.396 Sin embargo, la identidad sexual, de género u orientación sexual, son expresiones que conllevan a los cambios paradigmáticos de la institución matrimonial, que actualmente no se concibe únicamente como la asociación entre un hombre y una mujer con fines procreativos; sino, que ha trascendido a las diferentes alianzas afectivas que se constituyen entre dos hombres, dos mujeres, dos hombres y una mujer, dos mujeres y un hombre, tres hombres, tres mujeres y hasta los poliamorosos, pretendiendo que estos tipos de relaciones se constituyan en matrimonios y por consiguiente la generación de progenie que originan cuestiones a la bioética e implicaciones en el plexo normativo en cuanto a la naturaleza biojurídica de la “familia homoparental” en la geografía patria colombiana.





















